Acuerdo de venta a distancia!

Acuerdo de venta a distancia

El presente contrato se realizó en atención al requerimiento de celebrar contratos de venta por Internet conforme al Reglamento de Procedimientos y Principios para la Implementación de Contratos a Distancia emitido en el Diario Oficial el 27 de noviembre de 2014, con el número 29188, y sus disposiciones son las siguientes.

Artículo 1 – Materia

El objeto del presente contrato comprende los derechos y obligaciones de las partes en cuanto a la venta del servicio vendido por la VENDEDORA a la COMPRADORA de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento sobre Procedimiento y Principios de los Contratos de Venta a Distancia de la Ley de Protección al Consumidor (numerado 6502).

Artículo 2 – Partes

  • 2.1 VENDEDOR
    Título: Otomoto Automotive Limited Co.
    Dirección: Balat, Hızır Çavuş Mescidi Sk. No: 40/A, 34087 Fatih/Estambul
    Número de teléfono: +902125766579
    Correo electrónico: [email protected]
    Sitio web: www.turkeyautoparts.com

  • 2.2 COMPRADOR
    El consumidor es un usuario registrado del sitio web www.turkeyautoparts.com. La información suministrada en la solicitud de membresía se utilizará como base.

Artículo 3 – Información sobre el Servicio Objeto del Contrato

Este Contrato de Venta a Distancia (en adelante, el “Contrato”) ha sido creado en cumplimiento de la Ley de Protección al Consumidor N° 6502 y el Reglamento de Contratos a Distancia. Las partes acuerdan y declaran conocer y comprender sus obligaciones y responsabilidades en virtud de la Ley de Protección al Consumidor N° 6502 y el Reglamento de Contratos a Distancia. Las principales características del Bien/Producto/Servicio (clase, cantidad, descripción, precio de venta, forma de pago) están disponibles en el sitio web del VENDEDOR.

Artículo 4 – Disposiciones generales

  • 4.1 El COMPRADOR reconoce y acepta que el Comprador ha leído y entendido en su totalidad la información inicial sobre los requisitos adecuados, el precio de venta y el método de pago, así como la entrega de los servicios objeto de este Contrato, como se especifica en el artículo 3, y que el Comprador ha proporcionado la confirmación necesaria en el entorno electrónico.

  • 4.2 Los precios y garantías anunciados permanecen vigentes hasta que se actualicen y cambien. Los precios mencionados para un período determinado son válidos hasta el final de ese período. El VENDEDOR cobra al COMPRADOR el precio del servicio que el COMPRADOR está obligado a pagar y solicitado a través del sitio web. Al pagar el costo del servicio que ha seleccionado en el sitio web, el COMPRADOR habrá pagado debida e íntegramente el precio del servicio que ha contratado. El VENDEDOR es el destinatario principal y exclusivo del COMPRADOR.

  • 4.3 Si el servicio contratado se va a prestar a una persona física/jurídica distinta del COMPRADOR, Otomoto Automotive Limited Co. no será responsable del rechazo de la entrega por parte de dicha persona/jurídica, en su caso.

  • 4.4 El COMPRADOR es consciente de que el derecho de desistimiento previsto en el artículo 15 del Reglamento de Contratos a Distancia N° 29188 del 27 de noviembre de 2014 no se aplica a los servicios prestados en plataformas en línea. El COMPRADOR reconoce que conoce la afirmación de que “contratos relacionados con servicios realizados instantáneamente en un entorno electrónico y artículos suministrados al cliente instantáneamente”

  • 4.5 Además de lo contenido en este Acuerdo, las partes reconocen, declaran y se comprometen a aceptar las disposiciones de la Ley N° 6502 de Protección al Consumidor y el Reglamento de Contratos a Distancia.

  • 4.6 El COMPRADOR ha leído y aceptado todas las disposiciones de este Acuerdo, y este Acuerdo entra en vigor el día en que es autorizado electrónicamente por el COMPRADOR.

Artículo 5 - Entrega del Servicio y Forma de Entrega

El contrato entra en vigor una vez que la COMPRADORA lo autoriza en un medio electrónico, y se lleva a cabo mediante la prestación del servicio adquirido por la COMPRA a la VENDEDORA a la COMPRADORA. El VENDEDOR está obligado a ofrecer el servicio de acuerdo con la información proporcionada por el COMPRADOR en el sitio web.

Artículo 6 - Acuerdo de Notificación y Prueba

Excepto en los casos obligatorios establecidos en el estatuto, todo contacto entre las partes en virtud del contrato debe realizarse por correo electrónico. En caso de controversia derivada del Contrato, la COMPRADORA reconoce, declara y acepta que los libros oficiales y registros comerciales, la información electrónica y los registros informáticos almacenados en su base de datos, en sus servidores, serán vinculantes, concluyentes y exclusivos. evidencia. Además, el COMPRADOR reconoce, declara y acepta que este artículo tiene la naturaleza de un contrato de prueba según el artículo 193 del Código de Procedimiento Civil.

Artículo 7 – Derecho de desistimiento

La COMPRADORA no tiene derecho de desistimiento por servicios que se presten puntualmente a la COMPRADORA y bienes intangibles, según requisitos del artículo 15/f.1 del Reglamento de Contratos a Distancia publicado en el Boletín Oficial de fecha 27 de noviembre de 2014 y numeral 29188.

Artículo 8- Privacidad:

El VENDEDOR no divulgará a terceros la información declarada en este Acuerdo por el COMPRADOR o la información notificada al VENDEDOR para el pago. Sólo en el caso de obligaciones administrativas/legales el VENDEDOR podrá explicar esta información. La información de la tarjeta de crédito nunca se guarda en el archivo. La información de la tarjeta de crédito solo se utiliza para transferir de forma segura a los bancos correspondientes durante el proceso de cobro y luego se borra del sistema. El VENDEDOR únicamente utiliza información como la dirección de correo electrónico y el número de teléfono del COMPRADOR para la entrega rutinaria del producto y las operaciones de información. Después de la aceptación, la información de la campaña, la información sobre nuevos artículos y el material promocional se pueden proporcionar al COMPRADOR durante ciertos períodos.

Artículo 9- Tribunal autorizado

En caso de que surja un desacuerdo en virtud del presente Acuerdo, se permiten los Comités de Arbitraje de Problemas del Consumidor en la resolución de la COMPRADORA hasta el valor anual declarado por el Ministerio de Industria y Comercio. Los Tribunales de Consumo están autorizados a conocer de las controversias sobre este importe.

Si se cumple el pedido, se supone que el COMPRADOR ha aceptado todas las condiciones de este Acuerdo.

Si tiene alguna consulta o reserva sobre nuestro acuerdo de venta a distancia, envíenos un correo electrónico a [email protected].

Otomoto Automotive Limited Co. VENDEDOR Otomoto Automotive Limited Co. COMPRADOR El cliente es miembro del sitio web www.turkeyautoparts.com.

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